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Varapalo para la Comisión Europea y los Estados miembros

La Justicia europea anula la 'vigilancia' indiscriminada de llamadas y correos

Un usuario de móvil
Un usuario de móvilPABLO MONGE

El Tribunal de Justicia europeo ha anulado hoy la directiva de retención de datos, que obliga a las operadoras de telefonía y a las compañías de internet a conservar entre seis meses y dos años los datos de identificación, localización y duración de todas las comunicaciones electrónicas (no se conserva el contenido de la comunicación).

La sentencia supone un tremendo varapalo para la Comisión Europea y los Estados miembros, que consideran la directiva como un arma esencial para la seguridad pública. Cada año, las autoridades cursan a las compañías alrededor de dos millones de solicitudes de datos, el 75% correspondientes a comunicaciones a través del teléfono móvil.

La sentencia dictada hoy en Luxemburgo considera que la conservación de esos datos y el posible acceso de las autoridades “se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal”.

El veredicto recuerda que los llamados metadatos (hora, lugar y duración de la comunicación) “considerados en su conjunto, pueden proporcionar indicaciones muy precisas sobre la vida privada de las personas”.

Los jueces admiten que la finalidad de la conservación de esos datos responde a un interés público, como es la lucha contra la delincuencia. Pero consideran que la directiva sobrepasa los límites de la proporcionalidad y no regula de manera suficiente una injerencia que acaba siendo generalizada, sin distinguir entre personas, tipos de comunicación electrónica o categoría de datos.

La directiva, además, no establece garantías suficientes para evitar los riesgos de abuso en la utilización de los datos, pues permite a las operadoras y a las compañías de internet basar su protección “en consideraciones económicas”, lo que puede rebajar la calidad de los controles. Ni siquiera se garantiza, según los jueces europeos, la destrucción definitiva de los datos cuando termina el periodo de retención.

La sentencia llega tras una consulta prejudicial del Tribunal supremo de Irlanda y del Constitucional de Austria. En el primer caso, el recurso contra la directiva fue planteado por la compañía Digital Rights. En el segundo, por el gobierno regional de Carintia y 11.130 particulares.

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