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El BOE publica la ley que impone tasas judiciales

Justicia no aplicará las tasas hasta que Hacienda apruebe los formularios

El BOE publica la ley impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón que impone tasas judiciales, con lo que mañana entrará en vigor. La medida ha puesto en pie de guerra a despachos y colegios de abogados. Sin embargo la norma no será efectiva hasta que no estén listos los impresos de autoliquidación, según ha informado el subsecretario de Justicia, Juan Bravo, que ha precisado que el Ministerio de Hacienda los aprobará en las próximas semanas.

La tasa Gallardón sobre determinados procesos judiciales entrará mañana en vigor una vez que hoy es publicada en el BOE. El Boletín Oficial del Estado publica la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, que impone, por ejemplo, una tasa de 300 euros para procesos ordinarios.

Las nuevas tasas judiciales han desatado las críticas de todos los partidos excepto el PP, de las asociaciones de jueces y fiscales, abogados, procuradores, así como del Consejo General del Poder Judicial y el Consejo General de la Abogacía. La medida además está ocasionando reorganizaciones en despachos de abogados de formalismos burocráticos.

Pero finalmente la norma no será efectiva hasta que no estén listos los impresos de autoliquidación, según ha informado el subsecretario de Justicia, Juan Bravo, que ha precisado que el Ministerio de Hacienda los aprobará en las próximas semanas.

En declaraciones a los periodistas en el Ministerio de Justicia, Bravo ha comentado que la liquidación de las tasas no se podrá practicar hasta que Hacienda, por medio de la Agencia Tributaria, lo comunique, tal y como prevé la ley en su artículo 9.

Esa orden, que deberá ser dictada por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, tiene como finalidad regular el procedimiento y los impresos de autoliquidacion.

De esta forma, Bravo ha anunciado que el Gobierno comunicará a todos los secretarios judiciales que no se practique ninguna liquidación, hasta la publicación de la orden ministerial que así lo autorice, en sintonía con lo que dice la norma.

Bravo también ha hecho referencia al recurso de inconstitucionalidad que el PSOE que interpondrá ante el Tribunal Constitucional (TC) y ha afirmado que el TC ya se ha manifestado en mas de una ocasión en relación con la constitucionalidad de las tasas.

Según Bravo, el TC entiende "que las tasas son legítimas y constitucionales siempre y cuando respeten el principio de proporcionalidad en relación con la capacidad económica de los ciudadanos".

Ha agregado que "el diseño que se ha estipulado en la nueva ley de tasas respeta ese principio", al tiempo que ha anunciado que en las próximas semanas, el Gobierno revisará el sistema de justicia gratuita que, según el subsecretario, "se está negociando ya con las distintas comunidades autónomas que lo gestionan".

En su opinión, la unión de los dos textos, la ley de tasas y la ley de justicia gratuita revisada, "cumplirá esos parámetros constitucionales que el TC ha establecido como legítimos en aplicación" de la propia Carta Magna.

El sistema de pago por el acceso a la Justicia supone, por ejemplo, que un particular que recurra una disposición o acuerdo del Gobierno que considere injusta, a través del correspondiente pleito contencioso-administrativo ordinario, tendrá que pagar 2.350 euros en caso de llegar hasta el Tribunal Supremo, según informó la SER esta semana.

Un trabajador despedido de su empresa que considere que la extinción del contrato ha sido improcedente, tendría que desembolsar 1.250 euros si debe llegar al Supremo, a sumar a lo que le cobre el abogado y el procurador.

Un trabajador que vea desestimada su demanda en el juzgado de lo social tendrá que pagar 500 euros por recurrir. Reclamar por una multa de tráfico, puede costar más que el importe de la misma multa.

"El derecho a la tutela judicial efectiva no debe ser confundido con el derecho a la justicia gratuita" dice el preámbulo de la nueva ley publicada hoy en el BOE. "Se trata de dos realidades jurídicas diferentes. Desde el momento en que la Constitución encomienda al legislador la regulación del alcance de esta última, está reconociendo que el ciudadano puede pagar por los servicios que recibe de la Administración de Justicia", indica. "Con esta asunción por los ciudadanos que recurren a los tribunales de parte del coste que ello implica se pretende racionalizar el ejercicio de la potestad jurisdiccional", añade, y asegura que al mismo tiempo "la tasa aportará unos mayores recursos que permitirán una mejora en la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita".

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