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TRIBUNALES

La denuncia de un fraude es confidencial

El Ministerio de Hacienda no está obligado a revelar la identidad del denunciante en los procedimientos de gestión iniciados por denuncia de cualquier ciudadano, se-gún establece una sentencia del Tribunal Supremo que recoge Datadiar.com.

El alto tribunal señala que el denunciado no está interesado en el expediente de reconocimiento de la participación a favor del denunciante, ni está legitimado para impugnar la resolución que se adopte, ya que cuando sean firmes los actos liquidatorios tributarios deberá pagar a las arcas públicas las cuotas, intereses y sanciones que procedan.

Añade que "serán los mimos que si la Administración descubriera las mismas ocultaciones sin denuncia pública".

Destino de las multas

La sentencia explica que tampoco afecta a los intereses del denunciado el destino que la Administración Tributaria dé a las multas. Por ello considera que la alegación de indefensión por parte del defraudador debe "formularse, sustanciarse y resolverse" en los expedientes tributarios y no en el reconocimiento de la participación en las multas del denunciante.

Finaliza esta resolución del alto tribunal destacando que la denuncia pública se ha entendido siempre como una "modalidad de incoación" o apertura de procedimientos de inspección.

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